FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE ÉTICA ASISTENCIAL
El Comité de Ética Asistencial (CEA) es un órgano consultivo e interdisciplinar al servicio de los profesionales y de los usuarios de los centros sanitarios, constituido para analizar y asesorar en la resolución de conflictos éticos que puedan surgir como consecuencia de la labor asistencial. Su objetivo final es mejorar la dimensión ética de la práctica clínica y la calidad de la asistencia sanitaria.
El comité podrá ser requerido en su función asesora por los pacientes, a través del Servicio de Atención al Paciente; por los profesionales sanitarios, y por la institución, a través de la propia secretaría del comité.
Les corresponde a los comités de ética asistencial asesorar y emitir informes sobre las cuestiones éticas relacionadas con la práctica clínica que se produzcan en las instituciones sanitarias, con el fin de mejorar la calidad de la asistencia sanitaria; para tal efecto, ha de:
- Proteger los derechos de los pacientes.
- Analizar y facilitar el proceso de decisión clínica en las situaciones que presentan conflictos éticos entre sus intervinientes: el personal sanitario, los pacientes o los usuarios y las instituciones.
- Proponerle a la institución protocolos de actuación para las situaciones en las que surgen conflictos éticos graves o de forma reiterada.
- Colaborar en la formación bioética de los profesionales del hospital y de atención primaria y, muy especialmente, en la de los miembros del comité.
- Elaborar la memoria anual de las actividades del comité.
NO SERÁN FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE ÉTICA ASISTENCIAL:
- Promover actuaciones jurídicas directas en relación con las personas o la institución.
- Realizar juicios sobre la ética profesional o las conductas del personal sanitario y de los pacientes o usuarios.
- Proponer sanciones.
- Subrogarse o sustituir la responsabilidad de quien pidió su asesoramiento.
- Tomar decisiones de carácter vinculante.
- Sustituir los comités éticos de investigación clínica.
- Realizar estudios con el objetivo fundamental de analizar los asuntos sociales y/o económicos, directa o indirectamente relacionados con la asistencia sanitaria.
- Asesorar o emitir un informe en los supuestos en los que el interesado presentase por escrito una queja o reclamación judicial o administrativa.